Resumen:
El artículo 259 de la Ley General de Sociedades establece que en los casos de las Sociedades Anónimas Abiertas se puede efectuar un aumento de capital sin observar el derecho de suscripción preferente. La finalidad del presente artículo es sustentar las razones por la cual la LGS contiene dicho artículo, explicando las circunstancias que generaron su existencia, así como los requisitos y parámetros que lo rodean. Asimismo, el análisis se centrará en determinar si el mencionado artículo viola algún tipo de derecho, deteniéndonos en el caso específico de aquellos accionistas que tienen acciones que no cuentan con derecho a voto.