Resumen:
No somos
partícipes de la
procedencia del
proceso monitorio
para otra clase de
pretensiones, pues
sería desnaturalizarlo,
lo que
sí compartimos
que se inserte la
“técnica monitoria”
en otra clase de
procesos de conocimiento,
a fin de
hacerlos más ágiles,
como podría
ser el proceso de
desalojo, el proceso
de otorgamiento de
escritura pública,
entre otros, pero
que estos procesos
no pierdan su
naturaleza de procesos
de conocimiento
que buscan
resolver un conflicto
de intereses;
recordemos que
el que un proceso
contenga la “técnica
monitoria”,
no lo convierte en
proceso monitorio.
Proponemos un
proceso monitorio
documental, que
solo proceda para el
pago de obligaciones
dinerarias, sin
límite de cuantía;
proceso de una sola
fase, en el cual el
demandado puede
fundamentar su
oposición en cualquier
argumento,
pero la misma debe
estar sustentada en
prueba escrita.